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Presidencia Secretaría General

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DECLARACIÓN ANTE LA APROBACIÓN

DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE SALUD

Quito, 26 de agosto de 2020

 

“La paz debe construirse sobre la justicia, el desarrollo humano integral, el respeto a los derechos humanos, la custodia de la creación”. (Papa Francisco, 20 de mayo 2017)

La Asamblea Nacional, el 25 de agosto del año en curso, aprobó el Código Orgánico de Salud.

Los Obispos del Ecuador, respetando las funciones de los poderes del Estado laico, como ciudadanos, en ejercicio de nuestro derecho a la libertad de expresión consagrado en la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos, y fieles a nuestra misión de promover y defender la vida humana en todas sus expresiones, tenemos el deber moral de exponer ante la sociedad ecuatoriana lo siguiente:

 
  1. Los derechos humanos, que son inherentes a la naturaleza humana, preceden a toda legislación; en consecuencia, no son concesiones del Estado ni fruto de los consensos de grupos humanos.
  2. La legislación debe estar al servicio de la vida y los derechos humanos; lo cual significa, entre otras cosas, que debe reconocerlos, respetarlos, defenderlos, promoverlos y garantizarlos.
  3. La Constitución del 2008, aprobada por la mayoría del pueblo ecuatoriano, es la Ley Suprema a la que deben subordinarse todas las Leyes y normas de inferior jerarquía.
  4. Con la aprobación del Código Orgánico de Salud (COS), vemos con enorme preocupación la afectación de los derechos humanos, consignados en la Constitución, como:
    1. El derecho a la vida desde la concepción, al promover el aborto, de una manera ambigua o indeterminada, como emergencia obstétrica (cfr. COS, art. 201). La verdadera emergencia obstétrica se da sólo cuando el aborto se encuentra en curso de manera involuntaria.
    2. El derecho de madres y padres de familia a educar a sus hijos, al aprobar el uso indiscriminado de anticonceptivos de los menores de edad sin su consentimiento (cfr. COS, art. 22), como también al imponer visiones ideológicas de género contrarias a sus convicciones éticas y a la ciencia. (Cfr. COS, art. 115)
    3. El derecho a la objeción de conciencia de los médicos, al obligarlos a intervenir en casos de emergencia obstétrica por cualquier causa. (Cfr. COS, 195; 400, n. 34)
    4. El derecho de la mujer a una maternidad plena y a la dignidad del cuerpo humano, al permitir la contratación de vientres de alquiler o subrogados, de forma supuestamente gratuita. (Cfr. COS, art. 196)
    5. El derecho a la identidad sexual, al permitir la asignación o cambio de sexo en la etapa de pubertad (cfr. COS, art. 193), como al impedir la recuperación de una orientación sexual. (Cfr. COS, art. 208)
 

Apelamos al sano criterio y a la sensibilidad humana del Señor Presidente de la República para que, libre de presiones políticas y económicas, vete estos artículos que atentan contra los derechos humanos, favoreciendo y defendiendo la salud integral de las personas, la objeción de conciencia, la vida humana, el rol primario de la familia dentro de la sociedad en la educación de sus hijos, previsto en la propia Constitución.

Hacemos un firme llamado a quienes tienen responsabilidades institucionales, pidiéndoles que sitúen los derechos humanos en el centro de todas las políticas, incluidas las de cooperación para el desarrollo humano integral, aun cuando eso signifique “ir contra corriente”.

El Código Orgánico de Salud, como se puede apreciar, contradice o desconoce la cultura, costumbres y principios de nuestro pueblo, que ama la vida y la defiende siempre.

Con esta declaración, los Obispos hacemos nuestro el sentir del pueblo cristiano y de la mayoría de los ecuatorianos.

LOS OBISPOS DEL ECUADOR

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Quito - Ecuador
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